Es importante que todos los vehículos que circulan en calles y rutas cuenten con las condiciones para garantizar la seguridad de sus pasajeros y de los demás usuarios de la vía pública. A través de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) se realiza una inspección mecánica que permite conocer el estado del vehículo y en base a sus condiciones habilitarlo para circular o solicitar alguna mejora.
Motos a partir de los 24 meses de patentamiento.
Vehículos particulares a partir de los 36 meses de patentamiento.
Vehículos de carga a partir de los 12 meses de patentamiento.
Acoplados y semiacoplados a partir de los 12 meses de patentamiento.
La Revisión Técnica debe realizarse cada 12 meses, de forma obligatoria. Y el conductor cuenta con 30 días luego de vencido el plazo.
DNI y carnet de conducir vigente.
Cédula del automotor.
Póliza de Seguro vigente.
Tarjeta de GNC (en caso que el vehículo lo posea).
Las fallas o faltas se califican según su grado de peligrosidad:
1 – Condicional leve: Son defectos que no exigen una nueva inspección, pero que deberán ser subsanados, para poder circular por la vía pública.
2 – Condicional grave: Son aspectos que sí implican una nueva inspección, dentro de los 60 días corridos a partir de la verificación. Durante este período se puede circular.
3 – Condicional muy grave: Esta calificación no permite la circulación del vehículo. Una vez reparado el vehículo se someterá a una nueva inspección.
Si el trámite de RTO resultó positivo se coloca una oblea en el vehículo y se entrega un certificado impreso al conductor. En cambio, si el trámite resultó Condicional (presenta defectos que debe reparar) se entrega un certificado con validez máxima de 60 días y no se coloca la oblea.
La RTO sirve para circular en todo el territorio argentino y para países limítrofes.